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términos y condiciones

REGLAMENTO GENERAL DE MEMBRESÍA DE ISC

I – ORGANIZACIÓN

International Sports Center (ISC en adelante) es una organización social y deportiva que tiene como objeto el desarrollo de actividades sociales, deportivo recreativas y la participación en competiciones deportivas oficiales.

II – DISPOSICIONES GENERALES

Los miembros de ISC son aquellas personas o instituciones que habiendo cumplido los requisitos de ingreso fijados por la organización, tienen el derecho de uso de las instalaciones en el marco de los Reglamentos vigentes.
El Reglamento de membresía de ISC, es de cumplimiento obligatorio para todos los miembros la organización, así como para los visitantes e invitados que asistan a sus instalaciones, y tiene por objeto preservar la sana convivencia entre los asistentes que realicen diferentes actividades en las instalaciones de la organización. No será excusa para el cumplimiento del Reglamento, el desconocimiento por cualquier persona, miembro, visitante o invitado, de sus preceptos aquí contenidos.
Las personas que asistan a las instalaciones de la organización, sean miembros, invitados o visitantes, deberán comportarse decorosamente todo el tiempo, utilizando correcta y responsablemente las instalaciones la organización.
La organización estará abierta para sus miembros e los horarios que establezca la Dirección, exceptuando los feriados nacionales y el Día del Funcionario en los que la Dirección fijará horarios y actividades especiales. Así mismo la Dirección fijará el (los) día (s) de mantenimiento para áreas especificas que por tanto permanecerán cerradas para su uso.
Los miembros no podrá dar órdenes al personal; cualquier conflicto que se suscitare entre un miembro y algún empleado, funcionario o servidor la organización, deberá reportarse a las autoridades formales de ISC, siendo obligación del miembro abstenerse de cualquier discusión o enfrentamiento.
Toda conducta inapropiada podrá ser motivo de suspensión temporal o exclusión definitiva a juicio de la Dirección o aquella persona que la Dirección designe para representarla sin derecho a reclamo.
En caso de que algún miembro se percate de una conducta irregular, o del mal uso o daño a las instalaciones por otra persona, deberá reportarlo a la Dirección o al responsable del área donde suceda tal situación, procurando evitar el enfrentamiento, salvo que sea indispensable y justificable su intervención directa.
Es obligación de los miembros el acatar las directrices, recomendaciones y en su caso, órdenes que sean giradas por la Dirección en cumplimiento de este Reglamento o instrucciones de cualquier autoridad la organización.
No se permite realizar trabajos remunerados u honorarios, la venta de suscripciones, publicaciones de cualquier índole, ni vender articulo alguno o exponerlo para su venta y tampoco se permitirá ningún anuncio en la organización, excepto los que estén especialmente autorizados por escrito por la Dirección.
No se permite la introducción de ninguna clase de animales en las instalaciones del ISC.
La Dirección expedirá credenciales o carnet social u otro medio fehaciente para identificar a sus miembros, las cuales llevaran la información que establezca la Dirección; dichas credenciales serán personales e intransferibles y podrán ser solicitadas en cualquier momento y en cualquiera de las instalaciones.
Para ser admitido como miembro, el interesado o deberá cumplir previamente con los procedimientos establecidos por la Dirección:
Completar la totalidad de los datos de ingreso en la web de ISC, incluyendo el número de tarjeta de crédito de donde serán debitada en forma directa la cuota mensual correspondiente y los cargos derivados del uso de las instalaciones como miembro cuando corresponda.
Estar apto físicamente para realizar a actividades del ISC, lo cual se verificará con la presentación del certificado de aptitud física emitida por organismos competentes.
Cumplir con los requisitos de registro electrónico que habiliten a ingresar por los sistemas de acceso físico a las instalaciones.
Una vez cumplidos estos requisitos el interesado se incorporará como miembro.
A su vez, en cualquier momento la Dirección podrá desafectar como miembro a cualquier persona o institución por las razones estime pertinente, comunicando en forma privada al involucrado por los medios que estime conveniente.
Cualquier miembro que deje de cumplir con los requisitos exigidos, así como el requisito de estar al día con el pago de la cuota de membresía deberá abstenerse de continuar asistiendo a las instalaciones del ISC.

III – MIEMBROS

Los miembros la organización serán únicamente los que pertenezcan a cualquiera de las siguientes categorías:

MIEMBRO INDIVIDUAL: todas las personas mayores de 29 años

MIEMBRO JÓVEN: todas las personas menores de 29 años, inclusive.

MIEMBRO FAMILIAR: Entendiéndose por tal, todas aquellas instituciones reconocidas por las leyes uruguayas con sus hijos hasta 29 años, inclusive.

MIEMBRO HONORARIO: Serán aquellos a quien la Dirección, les confiera expresamente este carácter, tomando en cuenta su representación social, o como muestra de agradecimiento por servicios prestados desinteresadamente que hayan redundado en ventajas para la organización Una vez aceptado su condición y cumpliendo con los requisitos establecidos en el capítulo I, numeral 11 de este Reglamento salvo en lo que se refiere al pago de la cuota mensual, podrá hacer uso de las instalaciones la organización. Los miembros honorarios deberán cumplir con todas las disposiciones reglamentarias del club.

MIEMBRO TRANSEUNTE: La Dirección tiene la facultad de aceptar como miembros temporarios por un período que no exceda los tres meses. La Dirección fijará la suscripción para tales miembros, la que deberá abonarse por adelantado o mediante débito directo.

MIEMBROS INTEGRANTES DE IC Y DE OTRAS INSTITUCIONES VINCULADAS A ISC:
Son aquellas personas o familiares directos (pareja o cónyuge, hijo, hermano) que pertenecen a otras instituciones vinculadas a ISC, como ser a modo de ejemplo los alumnos y familiares directos del International College (IC).
Estos miembros tendrán beneficios especialmente diseñados a tales efectos, que podrán variar en el tiempo de acuerdo al criterio de la Dirección y Reglamentados Complementarios (Capítulo IX) a tales efectos.

MIEMBRO FUNCIONARIO y/o ESTUDIANTE DE EMPRESA AMIGA: Son todos aquellos funcionarios y/o estudiantes de empresas con las que International Sports Center tenga un acuerdo de colaboración mutua.
Gozarán de Matrícula y Primer Mes Gratis en la primera vez que se afilien.
Se establece que bajo este régimen, se deberán afiliar hasta diciembre del mismo año. De no haber solicitud de baja, se renovará la anualidad automáticamente.

Además de las categorías definidas anteriormente, la Dirección se reserva la facultad de implementar nuevas categorías y de becar a deportistas que tengan una buena proyección deportiva y/o que representen a ISC.

IV – INSTITUCIONALIDAD: MEMBRESÍA

La Membresía da derecho de uso de sus instalaciones, en el marco del Reglamento de la organización. Es prerrogativa de la Dirección fijar el valor de la misma para cada categoría de miembros (Capítulo III), medido en cantidad cuotas de la categoría correspondiente.

V – DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS, PENALIDADES

Todos los miembros tendrán los siguientes derechos y obligaciones:
Hacer uso de las instalaciones en los términos de este Reglamento y de los reglamentos complementarios de cada actividad o lugar.
Pagar puntualmente sus cuotas, consumos, servicios o compromisos que contraigan con la organización y/o servicios tercerizados dentro de las instalaciones de acuerdo al mecanismo de cobranza que determine la Dirección.
Observar una conducta intachable dentro de las instalaciones la organización, persuadiendo a sus familiares y pares a hacer lo mismo.
Exhibir su credencial de miembro cuando le sea requerida por la Dirección o quien esta designe a tales efectos.
Respetar los señalamientos, letreros o recomendaciones colocados dentro de las instalaciones la organización.
Cumplir con las disposiciones que dicte la Dirección.
Cuidar los bienes de la organización ya sean muebles o inmuebles para su debida conservación.
Presentar por escrito a la Dirección, las sugerencias razonadas para mejorar los servicios la organización.
Reportar a la Dirección o a los responsables de áreas cualquier anomalía de la que se hayan percatado.
Mantener vigentes los exámenes médicos de aptitud física que la Dirección estime apropiados y todos aquellos que esta solicite cuando las circunstancias lo exijan, e informar en forma escrita todas las restricciones físicas y médicas que limiten su actividad física.
Informar con veracidad a la Dirección sobre cualquier situación que les fuera requerida por hechos anómalos o violaciones a los Reglamentos internos vigentes en la organización.
Conocer oportunamente las disposiciones, comunicaciones o Reglamentos que se expidan, así como cumplirlos y respetarlos.
Comportarse conforme a lo dispuesto por este Reglamento y los reglamentos complementarios en cualquier evento social o deportivo.
Velar por el buen nombre la organización y conducirse con la conducta apropiada para un buen deportista, aficionado o miembro en cualquier evento deportivo o social, fuera o dentro la organización, representando directa o indirectamente a ISC.
Cuando el miembro no abone sus cuotas oportunamente y/o no disponga de certificado de aptitud física vigente , inmediatamente se le suspenderán los servicios a los que tenga derecho como miembro, hasta tanto no regularice la situación.
La organización no estará obligada a mandar cobrar a los miembros sus cuotas, sino que éstas se abonarán exclusivamente a través del sistema de débito directo de la tarjeta de crédito que cada miembro ponga a disposición. Si la organización en alguna ocasión enviara a debitar algún importe que no corresponda a los servicios brindados, se le devolverá al miembro por el mismo medio en el siguiente período de débito. Cada miembro es responsable de controlar los importes que le son debitados y tendrá un plazo de 60 días para efectuar los reclamos por escrito que considere pertinentes a la Dirección.
Los miembros que deseen pueden alquilar lockers propiedad de ISC para su uso personal, en los términos fijados por la Dirección y pagaran las cuotas que se les asignen por los mismos mediante el sistema de débito directo mencionado previamente. El no pago del alquiler de lockers da la libertad a ISC de liberarlos para el uso de otro miembro.

Todos los socios, salvo los miembros transeúntes, tendrán acceso a la IC & ISC Community Card, tarjeta con beneficios en empresas nacionales e internacionales. Podrán retirarla en Recepción del Club. Para ver las Bases y Condiciones de la IC & ISC Community Card, haga click aquí.

VI – INSTALACIONES

Las instalaciones son de uso compartido con IC, por lo que los miembros deberán utilizarlas de acuerdo a las instrucciones de la Dirección y los reglamentos de uso correspondientes.

VII. – ESTACIONAMIENTO

El estacionamiento se utilizará todos los días por los automóviles cuyo acceso sea permitido en la caseta de entrada o por los medios que la Dirección estime convenientes.
El estacionamiento funcionará de acuerdo a lo siguiente:
Sólo podrán introducirse automóviles, camionetas y vehículos ligeros. Autobuses solamente podrán ingresar con previa autorización.
Deberá transitarse a una velocidad no mayor de lo establecido en los carteles indicadores.
Deberán estacionarse los vehículos respetando las indicaciones y en las zonas destinadas a los miembros de ISC.
Será contrario al buen uso del área de estacionamiento, el estacionarse en lugares prohibidos, sobre las banquinas, rotondas, accesos peatonales, en doble fila o en cualquier lugar que interrumpa la circulación de los demás vehículos, así como dejarlos en forma permanente por las noches o por más tiempo del necesario, aunque sea por descomposturas, circular con escapes abiertos o a una velocidad superior a la establecida en los carteles indicadores.
ISC no será responsable por los daños causados a los vehículos o la pérdida de objetos dentro de los mismos, salvo en casos de exclusiva y evidente responsabilidad.
la organización se reserva el derecho a retirar los vehículos que contravenga estas disposiciones y tendrá el derecho de cobrar en forma directa los costos ocasionados mediante el medio de pago disponible.
La organización se reserva el derecho de cobro de estacionamiento cuando lo consideres oportuno advirtiendo con debida antelación a los miembros mediante los medios que considere oportunos.

VIII- SANCIONES

La violación de lo establecido en este Reglamento y en los demás reglamentos complementarios, será causa de la imposición de las sanciones que correspondan.
Serán responsables de la aplicación de las sanciones a que se refiere este Reglamento: La Dirección o la persona que ésta designe.
Las sanciones que podrán aplicarse por violaciones a este Reglamento y demás reglamentos complementarios, son las siguientes:
a.-Amonestación.
b.- Suspensión de derechos.
c- Exclusión.
Será motivo de amonestación la violación a este Reglamento que a juicio del la Dirección o quien ésta designe, así la amerite.
Será causa de suspensión:
a.- Cualquier falta grave al presente Reglamento y/o a los reglamentos complementarios.
b- Por insultar, agredir en cualquier forma grave ofender a algún miembro, empleado, funcionario o servidor la organización.
Sera motivo de exclusión la organización:
a.- Dejar de cubrir 3 cuotas mensuales o cualquier otro adeudo que se tenga con la organización por más de 2 meses.
b.- Por observar notoria mala conducta dentro o fuera la organización a juicio de la Dirección.
Cuando no exista un caso previsto en el Reglamento, la calificación de la gravedad de una violación a los reglamentos, corresponde exclusivamente a la Dirección.
Las sanciones se comunicarán en forma fehaciente por la persona que la Dirección designe.
Cualquier miembro que fuere suspendido podrá presentar por escrito las alegaciones que considere procedentes, dentro de los 7 días siguientes a la notificación de su suspensión, sin que esto signifique obligación de la Dirección para revocar su decisión. Quedará a estricto criterio de la Dirección el modificar cualquier resolución sobre la suspensión de un miembro.
El miembro que esté suspendido tiene la obligación de mantener el pago de las cuotas mensuales y demás cargos durante el período de la suspensión. De no hacerlo al vencer el plazo de la suspensión, no podrá reingresar hasta que liquide las cuotas vencidas o no pagadas.
La exclusión de cualquier miembro será definida por la Dirección. Para llevar a cabo la exclusión, la Dirección realizará una investigación sobre los hechos que motiven la expulsión y notificará al afectado de tal situación por si desea presentar por escrito las alegaciones que considere pertinentes en favor de sus derechos en un plazo no mayor a 15 días. Una vez que se complete la investigación, la Dirección declarará si hay o no lugar a la exclusión. La resolución de la Dirección será definitiva.
La exclusión de un miembro tendrá los efectos que mencionan el Reglamento y la Ley, en la inteligencia de que si el excluido hubiere causado daños a ISC, esta se reservará los derechos que le correspondan.

IX- USO DE IMAGEN

Se autoriza a International Sports Center a hacer uso del material fotográfico y audiovisual de las actividades que se lleven a cabo en las instalaciones.
Las imágenes podrán ser usadas para:Difusión de actividades y eventos a través de la página web, blog y redes sociales de la entidad. Uso interno en memorias y proyectos de ISC. Documentos y material gráfico impreso como carteles, folletos y manuales.
International Sports Center se compromete a que la utilización de las imágenes en ningún caso supondrá un daño a la honra e intimidad del usuario, respetando la normativa en materia de protección de datos, imagen y protección jurídica.

X- REGLAMENTOS COMPLEMENTARIOS

Los siguientes reglamentos complementarios y los que se incorporen posteriormente formarán parte del Reglamento de ISC y tienen los mismos efectos sobre los miembros.
II Reglamento de utilización de las instalaciones deportivas de ISC
III Reglamento de uso de Miembros integrantes de otras instituciones vinculadas a ISC.

XI- DESAFILIACIÓN

En caso de querer desafiliarse del ISC, cada socio deberá enviar un correo a info@isc.com.uy indicando que desea llevar a cabo este procedimiento teniendo que estar al día con las cuotas mensuales. Adicionalmente deberá completar el formulario que se le enviará en respuesta del email de solicitud de baja y por último, devolver en Recepción la IC – ISC Community Card. En caso de no cumplir con estos tres pasos no se podrá efectivizar la desafiliación. Si la solicitud de baja se realiza posterior al quinto día hábil del mes, se cobrará dicha cuota por lo que el socio puede seguir utilizando las instalaciones hasta fin de mes. En caso de querer volver a afiliarse en un futuro deberá abonar la matricula vigente al momento.

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