Términos y condiciones
REGLAMENTO DE UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE ISC
CAPITULO 1 – NORMAS GENERALES
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
El presente Reglamento tiene por objeto regular el régimen jurídico, gestión y utilización de las Instalaciones Deportivas donde se ISC brinda servicios y realiza sus actividades.
El presente Reglamento será de aplicación a la totalidad de las Instalaciones deportivas en los términos establecidos en el artículo tercero.
Artículo 2. Concepto de Instalación Deportiva.
Se entiende por instalación deportiva, a los efectos de este Reglamento, toda instalación, campo, dependencia o espacio, de cualquier característica, tanto al aire libre como cubierta, cerrada, dedicada a la práctica del deporte y la actividad física, en toda su gama de modalidades, posibilidades o finalidades, incluyendo las zonas de equipamiento, complementarias o funcionalmente necesarias para el desarrollo de la actividad deportiva.
Artículo 3. Instalaciones deportivas.
Las instalaciones deportivas definidas en el artículo anterior tendrán la consideración de Instalaciones deportivas.
Estas Instalaciones se regirán por lo establecido en el presente Reglamento salvo la existencia de un instrumento de cesión, donde se estableciera un régimen propio de gestión o explotación.
Artículo 4. Finalidad de las Instalaciones Deportivas.
Las Instalaciones deportivas del ISC, tienen como fin la práctica física y deportiva, ya sea de ocio y tiempo libre, enseñanza, entrenamiento, competición o exhibición de las modalidades para las que fueron diseñadas.
Las Instalaciones deportivas del ISC, podrán acoger actos deportivos distintos de los establecidos en el apartado anterior, así como actividades no deportivas que tengan una finalidad cultural o social.
Los distintos usos a que se refieren los apartados anteriores se regirán por lo establecido en el Artículo 5 del presente Reglamento.
Artículo 5. Acceso a las Instalaciones Deportivas.
Podrán acceder a las Instalaciones Deportivas del ISC, todos aquellas personas consideradas miembros de ISC de acuerdo al Reglamento de Membresía de ISC.
Los horarios de apertura y cierre, aprobados por la Dirección de ISC, estarán expuestos en lugares visibles de la instalación para información de todos los usuarios.
Artículo 6. Información en las Instalaciones deportivas de ISC.
De conformidad con lo establecido en esta reglamentación, en todas las Instalaciones deportivas deberá figurar en lugar preferente, visible y legible al público, un cartel indicativo con las normas tales como:
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a) Denominación de la instalación.
b) Actividades físico-deportivas que se ofertan.
c) Nombre y titulación de las personas que prestan servicios en ella.
d) Normas de uso y funcionamiento.
e) Otras circunstancias que se exijan por las normas reglamentarias.
Artículo 7.
Todas las señalizaciones que tengan las Instalaciones deportivas de ISC, tanto internas como externas, deberán cumplir la normativa correspondiente, así como las directrices que establezca la Dirección de ISC.
CAPITULO 2 – SOBRE LA GESTION
Artículo 8. Gestión directa.
Las Instalaciones deportivas de ISC, se gestionan de forma directa a través de l Dirección de ISC.
Artículo 9. Gestión indirecta.
Las instalaciones deportivas de ISC, podrán ser gestionadas indirectamente, mediante o a través de:
En los casos de gestión indirecta, la Dirección de ISC, ejercitará, en todos los aspectos técnicos y jurídicos, las potestades administrativas que prevé el ordenamiento vigente a efectos de control y supervisión de la actividad realizada por la adjudicataria de la gestión.
CAPITULO 3 – SOBRE EL MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÒN DE LOS ESPACIOS DESTINADO A INSTALACIONES DEPORTIVAS
Artículo 10. Conservación de las Instalaciones Deportivas.
La Dirección de ISC, a través del área de Logística y Seguridad, velará por la buena conservación y el correcto mantenimiento de las Instalaciones deportivas y material adscripto a ellas, garantizando durante el período de vida útil del edificio y materiales, la posibilidad de prestación del servicio para el que fueron construidas o adquiridas.
Artículo 11. Normas de mantenimiento.
La Dirección de ISC, elaborará un Manual de Mantenimiento con el Equipo de Logística que establecerá las normas técnicas de mantenimiento y conservación, comunes a todas las instalaciones deportivas de ISC.
Dicho Manual será de obligatorio cumplimiento en todas las instalaciones, tanto en régimen de gestión directa como indirecta.
El Plan de mantenimiento específico para cada Instalación Deportiva de ISC gestionada de forma directa se elaborará de común acuerdo y aprobará por la Dirección de ISC.
Artículo 12.
En cada Instalación Deportiva de ISC, existirá, permanentemente actualizado, un Inventario exacto de los bienes adscritos a ella, con las incidencias que hubiere. Dicho inventario formará parte de la memoria anual de la Dirección de ISC.
CAPITULO 4. SOBRE LA IMAGEN Y PUBLICIDAD EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS
Artículo 13. Logotipos y otras figuras relativas al uso de marcas.
Corresponde a la Dirección de ISC, la gestión, uso y explotación de los logotipos y demás figuras reguladas en la legislación de marcas que sean de su titularidad.
En todas las Instalaciones deportivas, cualquier que sea su forma de gestión, así como en los folletos y circulares informativas que hagan referencia a la instalación o servicios prestados en ellas, figurará en lugar visible el logotipo de la Dirección de ISC.
Artículo 14. Normativa aplicable.
La publicidad en las Instalaciones deportivas de ISC, mediante la exposición de cualquier elemento permanente o puntual, móvil o estático, se llevará a cabo de acuerdo con la normativa general que regula la publicidad y la específica sobre menores, alcohol, tabaco y sustancias estupefacientes.
Artículo 15. Rendimientos generados por la publicidad en Instalaciones Deportivas.
Los derechos económicos generados por la contratación de publicidad se ingresarán en una cuenta de la Dirección de ISC.
Artículo 16. Patrocinio de eventos deportivos.
La Dirección de ISC, podrá autorizar la colocación de publicidad por un período temporal concreto, con motivo de la organización de acontecimientos deportivos puntuales.
CAPITULO 5 – EL USUARIO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE ISC
Artículo 17. Usuarios
A efectos del presente Reglamento, se entiende por usuario de las Instalaciones deportivas de ISC, toda persona física o jurídica que como miembro realice cualquiera de los usos a que se refiere el artículo siguiente.
Sólo los miembros podrán hacer uso de las instalaciones deportivas y de los servicios adscritos a las mismas.
A los acompañantes de los miembros, así como a los espectadores, cuando esté permitido su acceso a la instalación y mientras permanezcan en la misma, se les aplicará las normas del presente Reglamento y, en su caso, normas internas aplicables a cada instalación (ver anexo de Normas Internas de cada Instalación).-
Artículo 18. De las distintas formas de uso de las instalaciones deportivas de ISC.
El uso de las instalaciones deportivas de ISC, puede tener carácter ordinario o extraordinario.
Es ordinario el uso de las instalaciones deportivas, cuando se utiliza para desarrollar la/s actividad/es o modalidad/es deportiva/s para las cuales han sido expresamente diseñados los distintos espacios deportivos, o para realizar en éstos, la programación anual de actividades organizada por la Dirección de ISC.
En este caso, el uso podrá tener carácter puntual, por un período determinado de tiempo, individual o colectivo.
Es extraordinario el uso de las Instalaciones deportivas de ISC en los casos no previstos en el apartado anterior, y particularmente:
Cuando se trate de una actividad o modalidad deportiva distinta pero compatible con el diseño del espacio deportivo en el cual se va a realizar.
Cuanto se trate de una actividad no deportiva que pueda realizarse en los espacios deportivos.
El uso extraordinario de instalaciones deportivas, salvo que se trate de actividades puntuales organizadas por la Dirección de ISC, exigirá la previa autorización de ésta, en la que se establecerán las condiciones específicas de uso de la instalación.
Artículo 19. Responsabilidad por el uso de las Instalaciones.
En todo caso, la Dirección de ISC, no será responsable de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento por parte de los Miembros de las normas generales establecidas en este Reglamento o las específicas que rijan la actividad o uso del espacio deportivo; de un comportamiento negligente de otro usuario; o por un mal uso de las instalaciones, equipamientos y/o servicios.
Cuando se trate de los usos extraordinarios a que se refiere el artículo 18, del presente
Reglamento, la autorización que se conceda por la Dirección de ISC, establecerá que la responsabilidad por los daños y perjuicios causados como consecuencia del uso extraordinario autorizado corresponderá al titular de la misma.
La responsabilidad por actos cometidos por los menores, cuando puedan acceder a las Instalaciones deportivas de ISC, sin necesidad de una persona que asuma su control y custodia, recaerá en los adultos miembros.
Artículo 19. Derechos de los usuarios miembros.
Son derechos de los usuarios:
Ser tratados con respeto y deferencia por el personal que presta sus servicios en la instalación deportiva.
Usar y disfrutar, de acuerdo a las normas y en los casos previstos.
Disfrutar de las instalaciones, el mobiliario y el equipamiento deportivo en buenas condiciones de uso.
Presentar reclamaciones o sugerencias que estimen convenientes, por escrito, en las hojas disponibles en las instalaciones o en las propias oficinas de la Dirección de ISC, las cuales serán contestadas en un breve plazo.
Ser informado sobre las condiciones de uso de las Instalaciones deportivas, así como sobre los programas deportivos ofertados en ellas.
Artículo 20. Obligaciones de los usuarios miembros.
Son obligaciones de los usuarios:
La utilización de las Instalaciones deportivas con actitud positiva y de respeto hacia los demás usuarios y personal de la instalación.
Hacer uso, provisto de vestido y calzado adecuado, de cualquiera de las instalaciones y espacios deportivos de acuerdo a los horarios y con las normas generales establecidas en este Reglamento o las específicas que rijan la actividad o uso del espacio deportivo y, en su caso, de las instrucciones dadas por el personal de la instalación.
Cumplir la normativa vigente aplicable en las instalaciones deportivas en materia de tabaquismo, bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes.
CAPITULO 6 – FORMAS DE UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS
Artículo 21. Formas de utilización (ordinario) de las Instalaciones deportivas de ISC.
De forma libre u ordinario, cuando las características del uso o actividad lo permitan, o bien a través de los programas de actividades deportiva ofertadas por la Dirección de ISC, persona o entidad debidamente autorizada por esta dirección.
En todo caso deberá determinarse claramente el horario del uso que deberá respetarse con puntualidad, no comprendiendo, por tanto, la utilización anterior o posterior para entrenamientos, ensayos o montajes, los cuales serán convenidos con la dirección de ISC.
Se considera uso extraordinario, cuando las utilicen entidades deportivas representativas del deporte, tanto en lo internacional, nacional como en lo departamental, el uso de las instalaciones podrá realizarse mediante la suscripción de un convenio específico que regule las particularidades a que se sujetará su utilización. La suscripción de los convenios a que hace referencia este apartado, corresponderá a la Dirección de ISC, en acuerdo con los órganos e instituciones correspondientes.
Artículo 22. Programas a desarrollar en las Instalaciones deportivas de ISC.
Tienen carácter prioritario, los programas que tengan por objeto fomentar, promover y difundir, la Educación Física, el Deporte y la Recreación en los siguientes ámbitos:
Desarrollo de la asignatura curricular de Educación Física a nivel kínder, escolar y liceal.
Los programas o actividades relacionados con la Docencia o el Deporte Universitario.
Los programas deportivos extracurriculares dirigidos a menores en edad kínder, escolar y liceal.
Los programas deportivos/recreativos, dirigidos a personas o colectivos que requieren una especial atención por su situación personal o social.
Los programas deportivos/recreativos, dirigidos a personas afectadas por cualquier tipo de discapacidad.
Los programas deportivos/recreativos, dirigidos a fomentar el deporte entre personas de la tercera edad.
Los programas deportivos/recreativos, que tengan por objeto la prevención y mejora de la salud.
Los programas deportivos de diferentes disciplinas, de corte recreativo, social o competitivo.
Artículo 23. Acceso a las instalaciones en calidad de espectador o visitante.
Serán considerados espectadores y visitantes, todas aquellas personas que no se consideran miembros de ISC de acuerdo al Reglamento de Membresía.
La Dirección de ISC, determinará, en función de las particularidades de cada instalación, las condiciones en que, el público podrá acceder a todos o alguno de los espacios deportivos en calidad de espectador a fin de presenciar entrenamientos, partidos y competiciones.
Cuando una persona o colectivo deseen conocer una determinada instalación deportiva deberán concertar, en con la dirección de ISC, una visita con el personal de la instalación, a fin de que la misma no perjudique la actividad y usos que se realizan en aquélla.
Artículo 24. Edades para acceder al recinto deportivo.
Con carácter general, los menores de 12 años deberán acceder a las Instalaciones deportivas ISC acompañados en todo momento, de una persona mayor de edad que se responsabilice de la custodia del mismo salvo para actividades específicas y dirigidas para su edad.
Tratándose de Salas de Musculación no se permitirá el acceso a los menores de 15 años. A los menores, en edades comprendidas entre los 15 y 18 años se les permitirá el acceso dentro del horario de sus practica deportiva, acompañados del Técnico del deporte en que participa, el cual será responsable de su accionar en la sala.
El personal de la instalación podrá requerir al usuario en cualquier momento, su edad así como acreditación como miembro, por cuestiones de seguridad.
CAPITULO 7. FICHA ELECTRÓNICA PERSONAL DE USUARIO MIEMBRO PARA USUFRUCTUAR INSTALACIONES DEPORTIVAS DE ISC
Los miembros deben acreditarse por vía informática en la app correspondiente al software de gestión deportiva de usuarios que esté en operación. A través del mismo el miembro deberá registrar su asistencia, reservar espacios en clases colectivas, y podrá disponer de rutinas de entrenamiento.
Asimismo, a través de la app, podrá expresar su grado de satisfacción sobre los servicios utilizados, y por otra parte recibirá la comunicación oficial de ISC
La ficha como Usuario Miembro constituye un documento interno, el cual permite mantener un vínculo permanente entre el centro, el docente y el usuario.
El mencionado documento permite el manejo de información del usuario, la que solamente podrá utilizarse por personal autorizado.
CAPITULO 8. USUARIOS EXTERNOS Y USUFRUCTUO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS DE ISC
Los usuarios que utilizan las instalaciones deportivas de ISC y que acceden a las mismas por los convenios realizados con la Dirección de ISC, están regidos por las mismas normas presentes en esta reglamentación.
El Coordinador del Centro Deportivo correspondiente, podrá suspender, cambiar o trasladar la actividad por razones de servicio, dando el aviso correspondiente.
CAPITULO 9- REGLAMENTOS INTERNOS PARA CADA TIPO DE INSTALACIÓN DEPORTIVA
1. Condiciones Generales para el funcionamiento:
El docente de la actividad es el responsable de su funcionamiento, por ello deberá velar no solo por su actividad sino también por el entorno material y edilicio, donde se desarrolla.
El material aportado por los docentes para su trabajo específico en el centro, debe ser aprobado por la Dirección de ISC, a fin de determinar un lugar para su guardado y cuidado.
El docente de la actividad debe llegar con anterioridad a la instalación donde se realizará la mencionada, a fin de constatar su estado y limpieza. Los alumnos a su cargo no podrán ingresar a los recintos deportivos en su ausencia.
De la misma forma, el docente responsable de la actividad es el último en abandonar el recinto, constatando que quede el mismo en condiciones adecuadas de orden e higiene.
Toda actividad deberá ser supervisada por un docente, existiendo algunas excepciones (en canchas exteriores y pista de atletismo) donde se pueden realizar actividades libres, con la obligación de acreditarse como usuario miembro.
Es obligatorio practicar deporte con el torso cubierto, en todas las instalaciones deportivas excepto la pista de atletismo que por normas internacionales esta permitido.
La Dirección de ISC, no se hará responsable por extravío o hurto de pertenencias que no sean dejadas en los lockers destinados para ello, cerrado como corresponde.
Se recuerda la PROHIBICION DE FUMAR EN LOS ESPACIOS PUBLICOS ABIERTOS Y CERRADOS.
Se sugiere utilizar las instalaciones correspondientes para ducharse una vez culminada la realización de ejercicios, complementando el cuidado integral de nuestro cuerpo.
El Coordinador de turno, comunicará al docente con suficiente anterioridad, si se modifica el espacio destinado a impartir la clase, para evitar que alumnos que lleguen tarde.
Los usuarios miembros podrán ingresar a las instalaciones con elementos de hidratación.
2. Condiciones de uso de canchas exteriores:
En beneficio del buen uso deportivo, comodidad y disfrute de quienes desean utilizar las canchas exteriores, así como para facilitar el imprescindible mantenimiento de la misma, son de aplicación las siguientes normas mínimas:
Por razones de convivencia y seguridad quedan prohibidos los juegos molestos o peligrosos.
No se permite la entrada de animales a los recintos deportivos.
Los usuarios que deseen utilizar material deportivo del centro, deberán acreditarse como usuarios miembros. De no poder acreditarse, no se podrán utilizar las instalaciones mencionadas ni se entregará material deportivo de ningún tipo.
Se utilizará el adecuado calzado deportivo y vestimenta deportiva conveniente.
En las horas y días de competición o eventos del centro, las canchas permanecerán cerradas para los usuarios que no tomen parte en ellas. Estos eventos así como la imposibilidad de uso se informarán convenientemente.
No podrán practicarse en ellas otros deportes que los específicos sin el consentimiento
expreso de la Dirección de ISC.
Deberá respetarse la función que cumple la instalación y todos sus elementos evitando roturas, malos usos, desperfectos.
No se permite comer ni fumar, así como consumir alcohol, en las canchas y la totalidad
de los espacios deportivos. Para ello diríjase a los lugares correspondientes.
No podrán introducirse ciertos elementos, deportivos o no, que perjudiquen o dañen el pavimento de la cancha, como son patinetas, bicicletas, etc.
Se deberán respetar los espacios asignados para las distintas clases o actividades, así como evitar cruzarse en medio de clases, que se estén dictando.
En las canchas exteriores está prohibido ejercitarse con el torso desnudo.
Recuerde de arrojar basura o desperdicios, en los recipientes destinados a tal fin.
Se recuerda a los usuarios miembros que esta permitido ingresar con elementos de hidratación.
3. Condiciones de uso de las canchas de césped sintético
En beneficio del buen uso deportivo, comodidad y disfrute de quienes desean utilizar las canchas de césped, así como para facilitar el imprescindible mantenimiento de la misma, son de aplicación las siguientes normas mínimas:
Respetar las instalaciones y todos sus elementos (arcos, cestos, banderines), evitando roturas, malos usos, desperfectos, etc.
No se permite la entrada de animales al recinto.
No se permite comer ni fumar en el terreno de juego y sus espacios deportivos laterales, así como queda expresamente prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en todo el recinto deportivo.
Por razones de convivencia y seguridad quedan prohibidos los juegos molestos o peligrosos.
Se respetarán las normas de mantenimiento del terreno de las canchas de sintético.
Se utilizará el adecuado calzado para la práctica de cada deporte y la vestimenta deportiva conveniente.
Los días de partido, oficial o amistoso, permanecerá cerrado el sector, para los restantes usuarios, en los horarios que se indicarán convenientemente, con la finalidad de que el campo, presente un estado adecuado al comienzo del mismo.
El personal no técnico (jueces, periodistas) que ingrese al campo de juego, estará regido por las normas previstas en este reglamento.
Para padres y espectadores, se establecerá un espacio adecuado a tal fin, que no interfiera con la actividad deportiva que se desarrolla.
Está prohibido la ejercitación con el torso desnudo.
Recuerde de arrojar basura o desperdicios, en los recipientes destinados a tal fin.
Se recuerda a los usuarios miembros que esta permitido ingresar con elementos de hidratación.
4. Condiciones de uso del Gimnasio Cerrado
En beneficio del buen uso deportivo, comodidad y disfrute de quienes desean utilizar los gimnasios principales, así como para facilitar el imprescindible mantenimiento de la misma, son de aplicación las siguientes normas mínimas:
Por razones de convivencia y de seguridad, quedan prohibidos los juegos molestos o peligrosos.
No se permite la entrada de animales al recinto.
Los usuarios que deseen utilizar material deportivo del centro, deberán acreditarse como usuarios miembros. De no poder acreditarse, no se podrán utilizar las instalaciones mencionadas ni se entregará material deportivo de ningún tipo.
Debido a la existencia de Piso Flotante, se utilizará el adecuado calzado deportivo y vestimenta conveniente.
En las horas y días de competición o eventos del centro, el gimnasio permanecerá cerrado para los usuarios que no tomen parte en ellos, y los horarios serán indicados convenientemente.
No podrán practicarse en ellas, otros deportes que los específicos sin el consentimiento
expreso de los encargados de la instalación.
Respetar la función que cumple la instalación y todos sus elementos evitando roturas, malos usos, desperfectos, etc.
No se permite comer ni fumar, así como consumir alcohol, en la cancha, solo se podrá
hacer en las gradas y en los lugares habilitados como cantinas o kioscos.
No podrán introducirse elementos, deportivos o no, que perjudiquen o dañen el pavimento
deportivo, así como arrastrar los elementos deportivos existentes (arcos, bancos) que
no cuenten con goma o lienzo debajo de sus patas.
Se deberán respetar los espacios asignados para las distintas clases o actividades, así
como no cruzarse en medio de clases que se estén dictando.
Los padres y usuarios que no realizan actividad deportiva, deberán ubicarse en las
gradas y desplazarse por los laterales, por fuera de la baranda que separa el campo de juego de las gradas.
Recuerde de arrojar basura o desperdicios, en los recipientes destinados a tal fin.
Se recuerda a los usuarios miembros que esta permitido ingresar con elementos de hidratación.
5. Condiciones de uso de la sala de musculación, spinning y otros
En beneficio del buen uso deportivo, comodidad y disfrute de quienes desean utilizar el gimnasio de musculación, así como para facilitar el imprescindible mantenimiento del mismo, son de aplicación las siguientes normas mínimas:
Por razones de convivencia y seguridad quedan prohibidos los juegos molestos o peligrosos.
No se permite la entrada de animales.
No se permite la entrada con bolsos, mochilas o similar, así como con objetos de valor. Los mismos deberán dejarse en el vestuario correspondiente, en sector de lockers.
Los usuarios menores de 15 años, no podrán utilizar la sala de musculación. Solo podrán hacerlo con el técnico deportivo responsable de su actividad deportiva en momentos de sesiones de trabajo de fuerza que lo amerite.
Debido a la existencia de máquinas y grandes pesos, para el entrenamiento de la fuerza, se deberá utilizar el adecuado calzado y vestimenta deportiva, no pudiendo acceder al uso de la instalación, calzando ojotas, crocs o chinelas.
Está prohibido golpear las máquinas, dejarlas cargadas con pesos, apoyar los pies en las paredes, utilizar las máquinas en forma inadecuada.
Recuerde cuando carga barras con pesos en discos, colocar los seguros para evitar que éstos últimos puedan salirse y producir un accidente. Recurra para su asistencia al personal responsable de la sala.
No podrán practicarse en la sala de Musculación, otras actividades que las específicas sin el consentimiento expreso de los encargados de la instalación.
Respetar la función que cumple la instalación y todos sus elementos evitando roturas, malos usos, desperfectos, etc.
No se permite comer ni fumar, así como consumir alcohol en ninguna parte de la instalación.
Se deberán respetar los espacios asignados para cada estación o máquina, evitando cruzarse en medio de las personas que se están ejercitando.
Una vez finalizada la clase, se deberá dejar el gimnasio en ordenado y en condiciones, las colchonetas en su lugar, los discos en sus soportes, bancos en su lugar, y todo el material portátil en los lugares correspondientes.
Recuerde de arrojar basura o desperdicios, en los recipientes destinados a tal fin.
Las bicicletas de spinning están destinadas a esa modalidad, no podrán trasladarse fuera del lugar destinado para esta actividad.
Para ingresar a la sala de musculación los usuarios miembros deberán contar con una toalla personal, para evitar el contacto directo con bancas ,respaldos, colchonetas o similar y con ello mantener la higiene correspondiente.
Se recuerda a los usuarios miembros que esta permitido ingresar con elementos de hidratación.
6. Condiciones de uso de los sectores de Juegos Infantiles
En beneficio del buen uso deportivo, comodidad y disfrute de quienes desean utilizar los sectores de Juegos Infantiles, así como para facilitar el imprescindible mantenimiento de la misma, son de aplicación las siguientes normas mínimas:
Por razones de convivencia y seguridad quedan prohibidos los juegos molestos o peligrosos.
No se permite la entrada de animales ni de mascotas.
No podrán practicarse en este sector, deportes con pelotas, la instalación, está habilitada para niños menores de 12 años.
No se permite comer ni fumar, así como consumir alcohol, en este sector, para ello el usuario deberá dirigirse a los lugares correspondientes (cafetería).-
Los sectores de juegos infantiles también están habilitados para la práctica de actividades recreativas con alumnos que posean capacidades diferentes.
Los padres podrán permanecer en el sector de juegos infantiles, cuidando a sus hijos, en los bancos habilitados a tal fin, colaborando con el cuidado y mantenimiento de las instalaciones y juegos.
No arroje basura fuera de los recipientes destinados a tal fin.
Se recuerda a los usuarios miembros que esta permitido ingresar con elementos de hidratación.
Respetar la función que cumple la instalación y todos sus elementos evitando roturas, malos usos, desperfectos, etc.
De aplicación posterior:
Condiciones de uso de la piscina.
En beneficio de la salud, comodidad y disfrute de quienes desean utilizar la piscina de ISC y al objeto de facilitar su uso deportivo y de ocio, así como el imprescindible mantenimiento de la misma, son de aplicación las siguientes normas:
En los horarios de Pileta Libre, no se permite la entrada a menores de 12 años. Solo podrán hacerlo, si van acompañados de personas mayores de edad, que asuman la responsabilidad de su seguridad.
Los menores de 5 años, podrán ingresar con un mayor al vestuario para las clases curriculares de piscina.
Los menores de 12 años, podrán concurrir a las clases curriculares de aprendizaje de nado, sin necesidad de entrar a la piscina con un mayor.
Para ingresar a la piscina será obligatorio acreditarse como miembro con los dispositivos destinados a tal fin.
No se permite la entrada de animales al recinto.
Como medida de salud, no se permite el acceso al recinto de la piscina, a personas con enfermedades infecto-contagiosas, salvo informe médico, en sentido contrario.
El usuario seguirá en todo momento las indicaciones de cartelería y del personal de la piscina.
No se permite la entrada en la piscina con ropa de calle.
Es obligatorio ducharse antes de ingresar a piscina, con jabón, durante no más de 5 minutos y luego de la salida de la misma.
No se permite comer en la piscina así como fumar o introducir bebidas.
El consumo de bebidas alcohólicas en el recinto deportivo está prohibido.
Se prohíbe el uso de colchones inflables o similares, salvo en actividades especiales, Recreativas, y/u organizadas por el personal docente habilitado.
Se tratarán de evitar protectores solares, filtros, los bronceadores y demás cremas que ensucien el agua contribuyendo a la degradación del servicio. En todo caso quienes los utilicen, se ducharán convenientemente con jabón, antes de introducirse en el agua.
Por razones de convivencia y seguridad quedan prohibidas las carreras por el ambulatorio de la piscina, y los juegos molestos.
No se permite la entrada a la piscina, por parte de los usuarios, de otros materiales que los específicamente ligados a las clases de aprendizaje y entrenamiento de natación.
Será obligatorio para todos los usuarios, el uso de los siguientes elementos en la piscina.
Malla de baño preferentemente enteriza para damas, short o malla de baño para varones.
Gorro de baño para ambos sexos.
Ojotas, chancletas o similar.
Será opcional el uso de los siguientes elementos en la piscina.
Tapones de oídos.
Pinzas para la nariz.
Flotadores o salvavidas.
En caso de que no existan vestuarios específicos al efecto, los menores de hasta 5 años podrán acceder al vestuario del sexo opuesto, debidamente acompañados por personas mayores de edad, que en ejercicio de la patria potestad o tutela del mismo, colaboren a fin de realizar las funciones de aseo y vestido de los niños, de acuerdo con las normas específicas que a este efecto, establezca la Dirección de ISC.
Al momento de cambiarse de ropa y ducharse, los usuarios deberán hacerlo dentro del recinto indicado, utilizando los bancos, perchas, lockers, en forma adecuada, evitándose por razones de higiene, el sentarse o dejar ropa en el piso.
Está prohibido el nado a lo ancho de la pileta, si no se dispone específicamente.
Está prohibido sentarse en los andariveles, por su deterioro.
No realice nado inmerso sin vigilancia y siempre que comparta un andarivel o carril, hágalo por el costado derecho del mismo.
Cada vez que utilice material didáctico autorizado, deberá guardarlo donde corresponde y dejar ordenado el sector.
En el sector propio de la pileta, no se permitirá el ingreso a personal que no sea docente, de seguridad, de mantenimiento o servicio, salvo autorización expresa del encargado del área.
Se recuerda a los usuarios miembros que esta permitido ingresar con elementos de hidratación.